Tener un saldo a favor en la declaración de renta no significa que la DIAN vaya a consignar ese dinero automáticamente.
El saldo a favor en la declaración de la Renta aparece cuando, al liquidar el impuesto, los valores que tiene reconocidos a su favor, como las retenciones o autorretenciones en la fuente, superan el impuesto que finalmente debe pagar.
En ese caso, el contribuyente puede pedir que la DIAN le devuelva el dinero o utilizar ese saldo para compensar otras obligaciones tributarias.
¿Cuánto tarda la DIAN en devolver un saldo a favor?
Para los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta, la DIAN dispone de un plazo general de hasta 50 días para efectuar la devolución, contados desde la fecha en que se presenta correctamente la solicitud. Es decir, el plazo no empieza a correr simplemente porque la persona haya presentado su declaración de renta.
Si el contribuyente presenta una garantía a favor de la Nación junto con la solicitud y cumple los demás requisitos, la devolución debe realizarse dentro de los 20 días siguientes a la radicación.
También existe un mecanismo de devolución automática, que permite reducir el plazo a 15 días cuando el contribuyente cumple las condiciones establecidas por la DIAN para acceder a este procedimiento.
Por tanto, para una persona que tiene un saldo a favor en renta, los tres plazos que debe tener presentes son 15, 20 o 50 días, dependiendo de las condiciones de la solicitud.
¿Cómo pedir que la DIAN devuelva el dinero?
El primer paso es comprobar que la declaración de renta efectivamente registra un saldo a favor. Después, el contribuyente debe presentar ante la DIAN una solicitud de devolución o compensación.
Quienes tienen firma electrónica pueden realizar el trámite mediante el Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones. La solicitud comienza con el Formato 010, que debe diligenciarse y presentarse junto con los documentos exigidos.
El proceso puede resumirse así:
1. Revise el saldo a favor de la declaración.
Compruebe el valor que aparece en la casilla correspondiente al total del saldo a favor.
2. Verifique que el RUT esté actualizado.
La DIAN exige que el Registro Único Tributario esté formalizado y actualizado al momento de presentar la solicitud.
3. Tenga una cuenta bancaria a su nombre.
Para recibir la devolución mediante consignación, debe contar con una cuenta corriente o de ahorros activa. La DIAN exige una certificación de titularidad expedida por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera y con una fecha de expedición no superior a un mes.
4. Prepare los documentos que acreditan el saldo.
Entre los requisitos se encuentra la relación de las retenciones o autorretenciones que originaron el saldo a favor. Para determinados contribuyentes que opten por la devolución automática también se exige información adicional sobre costos, gastos y deducciones.
5. Diligencie el Formato 010.
La solicitud de devolución se inicia mediante este formulario dentro del Servicio Informático de Devoluciones.
6. Radique la solicitud.
Una vez iniciado el trámite virtual, el contribuyente tiene cinco días para radicarlo. Si no lo hace dentro de ese plazo, el trámite iniciado se cierra automáticamente y deberá comenzar una nueva solicitud.
7. Haga seguimiento.
El estado de la solicitud puede consultarse en el Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones, en la opción “Asuntos”, utilizando el número asignado al trámite. La decisión de la DIAN se notifica al correo electrónico registrado en el RUT.
¿Dónde recibe el dinero?
Si la devolución corresponde a un monto de hasta 1.000 UVT, la DIAN realiza el abono en la cuenta corriente o de ahorros indicada y certificada dentro de la solicitud.
Cuando el valor de la devolución supera las 1.000 UVT, el mecanismo cambia y la devolución se realiza mediante Títulos de Devolución de Impuestos (TIDIS).
Esto hace especialmente importante revisar que la cuenta bancaria informada sea la correcta y que el certificado de titularidad cumpla con las condiciones exigidas.
¿Hay una fecha límite para reclamar el saldo?
La persona no puede esperar indefinidamente para solicitar la devolución. Para los saldos a favor de declaraciones privadas, la solicitud debe presentarse, en términos generales, dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar, siempre que el saldo no haya sido utilizado previamente.
Por eso, quienes descubran un saldo a favor al presentar su declaración deben decidir si quieren conservarlo para futuras obligaciones o iniciar el proceso para solicitar su devolución.
¿La DIAN puede descontar dinero antes de devolverlo?
Sí. La devolución se realiza previas las compensaciones a que haya lugar. Esto significa que si el contribuy
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