Esta es la primera entrega de una serie de cuatro artículos en la que la abogada especialista en extranjería Mariana Ríos responde las principales dudas de los colombianos que quieren estudiar, trabajar, emprender o establecerse en España.
Empezar una nueva vida en España o en cualquier otro país, no se reduce solo a comprar un tiquete, buscar vivienda o hacer maletas, hay una cuestión que puede marcar todo el proceso migratorio: saber con qué autorización se puede entrar y permanecer legalmente en el país.
Uno de los errores más frecuentes, explica la abogada especialista en inmigración Mariana Ríos, es viajar pensando que una vez en España aparecerá alguna alternativa para regularizar la situación.
El problema es que no todas las personas tienen las mismas opciones y algunas vías de residencia deben iniciarse incluso antes de viajar.
Por eso, en este primer capítulo del Expertos Noti360 para colombianos que quieren emigrar, Ríos responde las preguntas básicas que debería hacerse cualquier persona que esté pensando en trasladarse a España.
Antes de viajar, defina su vía de residencia
Para Ríos, el primer error es tomar la decisión de emigrar sin haber definido previamente cuál será la vía legal para permanecer en España.
“No es recomendable venir pensando que ya estando aquí se encontrará una forma de regularizarse”, explica.
La alternativa depende del perfil de cada persona. No es lo mismo un trabajador que llega con una oferta laboral que un estudiante, un profesional altamente cualificado, un emprendedor, una persona que trabaja en remoto o alguien que tiene familiares españoles o ciudadanos de la Unión Europea.
Además, algunas autorizaciones pueden solicitarse desde España cuando la persona se encuentra legalmente en el país, mientras que otras deben comenzar mediante trámites realizados desde el país de residencia o nacionalidad.
Por eso, la recomendación es sencilla: primero identificar la vía migratoria y después comprar el tiquete.
¿Qué opciones existen para vivir legalmente en España?
Entre las principales alternativas están las autorizaciones vinculadas a estudios, determinadas vías de residencia y trabajo, la residencia para profesionales altamente cualificados, la autorización para teletrabajadores internacionales, las opciones para emprendedores y las autorizaciones relacionadas con familiares de ciudadanos españoles o de la Unión Europea.
En el caso de los estudios superiores, por ejemplo, España contempla una autorización de estancia por estudios para quienes vayan a realizar programas de más de 90 días. El Consulado de España en Colombia también señala que, bajo determinadas condiciones, la solicitud de autorización de estancia por estudios puede presentarse desde España cuando la persona se encuentra en situación regular.
La clave, insiste Ríos, es no escoger la ruta migratoria después de llegar, sino analizar primero cuál corresponde al proyecto de vida de cada persona.
Entrar como turista no significa tener permiso para residir
Este es uno de los puntos que más confusión genera.
Los ciudadanos colombianos pueden viajar a España sin visado para estancias cortas dentro del espacio Schengen, pero esa posibilidad está pensada para viajes de corta duración y no equivale a obtener una autorización de residencia.
Por tanto, una persona no puede asumir que entrar como turista le permite quedarse indefinidamente, trabajar o desarrollar su proyecto de vida en España.
Tampoco el empadronamiento convierte por sí mismo una estancia turística en una residencia legal.
Ahora bien, existen procedimientos concretos que permiten presentar determinadas solicitudes mientras la persona se encuentra legalmente en España. Por eso es importante distinguir entre estar legalmente en el país durante una estancia corta y tener una autorización de residencia o estancia de larga duración.

Si tiene una oferta de trabajo, tampoco significa que ya tenga los papeles
Otra de las dudas habituales aparece cuando una persona consigue una oferta laboral desde Colombia.
En algunos casos existe una vía de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, pero el procedimiento no consiste simplemente en llegar a España con el contrato.
La autorización inicial, con carácter general, es solicitada por el empleador y está sometida a diferentes requisitos. Entre ellos está la situación nacional de empleo, aunque existen excepciones, como determinadas ocupaciones de difícil cobertura, supuestos en los que el empleador acredita dificultades para cubrir el puesto y algunos casos previstos en acuerdos internacionales, entre ellos los aplicables a nacionales de Chile y Perú.
Por eso, una oferta de trabajo no garantiza automáticamente una autorización de residencia y trabajo.
El contrato, la empresa, el puesto y las condiciones de contratación deben encajar en la normativa correspondiente.
¿Y si es profesional, estudiante o emprendedor?
Los profesionales con determinados perfiles pueden analizar opciones como la residencia para profesionales altamente cualificados o la Tarjeta Azul UE. También existe una autorización específica para teletrabajadores internacionales, mientras que quienes quieran desarrollar un proyecto empresarial pueden estudiar las vías previstas para emprendedores o trabajadores por cuenta propia.
Para los estudiantes, la estancia por estudios puede convertirse posteriormente en una vía hacia determinadas autorizaciones vinculadas al trabajo u otras actividades, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
La conclusión de la especialista es que no existe una única puerta de entrada a España. La estrategia depende del perfil, los recursos económicos, la formación, la profesión, el proyecto y la situación familiar.
¿Qué documentos debería preparar desde Colombia?
Aquí también conviene evitar otro error frecuente: apostillar documentos sin saber todavía para qué procedimiento se van a utilizar.
La recomendación de Ríos es primero determinar qué autorización se solicitará y, a partir de ahí, preparar la documentación específica.
Entre los documentos que pueden ser necesarios dependiendo del caso están los antecedentes penales, registros civiles de nacimiento o matrimonio, títulos académicos y documentos profesionales.
Cuando un documento extranjero deba producir efectos en España, puede ser necesario legalizarlo o apostillarlo y, en determinados procedimientos, aportar una traducción oficial al español.
No todos los documentos tienen la misma vigencia ni existe una regla general según la cual todos deban tener menos de 90 días. Ese plazo depende del documento y del procedimiento concreto.
Por eso, antes de pedir certificados, conviene revisar los requisitos actualizados de la autorización que se pretende solicitar.
¿Hay que homologar el título universitario?
La homologación, equivalencia o reconocimiento de un título extranjero depende del uso que se vaya a hacer de él y, especialmente, de si se trata de una profesión regulada.

En algunas actividades profesionales será necesario acreditar formalmente la cualificación española correspondiente. En otras, puede ser suficiente presentar el título extranjero con la documentación exigida para el trámite concreto.
Por eso, tener un título universitario colombiano no significa automáticamente que haya que homologarlo para poder trabajar en España, pero tampoco significa que nunca sea necesario hacerlo.
La profesión y el procedimiento migratorio determinarán qué reconocimiento corresponde.
Si viaja con su familia, planifique mucho más que el viaje
Cuando la mudanza involucra a una pareja o hijos, la planificación debe hacerse antes de salir de Colombia.
Además de definir la situación migratoria, la familia debería tener resueltos aspectos como alojamiento, recursos económicos, escolarización de los menores y, cuando corresponda, seguro médico.
La escolarización obligatoria en España comprende, con carácter general, de los 6 a los 16 años, por lo que las familias deberían informarse con anticipación sobre el sistema educativo y los trámites de matrícula en la comunidad autónoma donde vayan a vivir.
La vivienda es otro de los grandes retos. Encontrar alquiler, especialmente en ciudades como Madrid o Barcelona, puede ser complicado para una persona que todavía no tiene contrato de trabajo español o documentación que permita acreditar solvencia.
La recomendación es no esperar a llegar para empezar a resolver todos estos asuntos.
Cuidado con las promesas de conseguir los papeles rápidamente
Mariana Ríos también alerta sobre quienes ofrecen soluciones aparentemente rápidas para obtener la residencia.
Uno de los ejemplos más delicados son los matrimonios o parejas simuladas con el único propósito de conseguir una autorización migratoria.
Una relación ficticia puede generar consecuencias legales y familiares importantes y, si existen indicios de fraude, puede ser objeto de investigación.
Lo mismo ocurre con quienes prometen “papeles garantizados” a cambio de dinero o aseguran que conocen una fórmula secreta para regularizar a cualquier persona.
No existe un atajo que sustituya los requisitos de la normativa de extranjería.
También existe la figura del arraigo, pero no debe confundirse con una especie de regularización automática después de permanecer un determinado tiempo en España.
Por ejemplo, el arraigo sociolaboral exige, entre otros requisitos, haber permanecido de forma continuada en España durante al menos dos años y contar con uno o varios contratos de trabajo que cumplan las condiciones establecidas.
El arraigo social también contempla un periodo mínimo de dos años, además de requisitos específicos relacionados con vínculos familiares o integración social.
Es decir, cumplir el tiempo de permanencia no basta por sí solo.
¿Y si empieza desde cero?
Para una persona que solamente tiene su pasaporte colombiano y quiere comenzar de nuevo en España, Ríos recomienda no improvisar.
El primer paso es determinar cuál puede ser su vía legal de residencia. Después vendrán decisiones como dónde vivir, cómo estudiar o trabajar y qué documentación debe preparar.

En ese proceso, los colombianos cuentan además con una particularidad importante frente a la nacionalidad española.
El Código Civil establece que los nacionales de origen de países iberoamericanos, entre ellos Colombia, pueden solicitar la nacionalidad española por residencia después de dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, siempre que cumplan los demás requisitos exigidos.
Eso no significa que cualquier colombiano pueda obtener la nacionalidad automáticamente después de dos años en España. El requisito se refiere a residencia legal, no simplemente a estar físicamente en el país, y además deben cumplirse otras condiciones previstas por la legislación.
El primer paso no es comprar el tiquete
La principal conclusión de este primer consultorio es que emigrar a España requiere planificación.
Antes de hacer las maletas, una persona debería poder responder al menos estas preguntas:
- ¿Con qué autorización voy a vivir legalmente en España?
- ¿Debo iniciar el trámite en Colombia o puedo hacerlo desde España?
- ¿Qué documentos necesito y cuáles debo apostillar o traducir?
- ¿Puedo trabajar con la autorización que estoy solicitando?
- ¿Qué ocurre con mi pareja y mis hijos?
- ¿Dónde voy a vivir y cómo demostraré mis recursos económicos?
- ¿Mi profesión requiere homologación o reconocimiento del título?
- ¿Qué requisitos debo cumplir para cambiar posteriormente de autorización?
La recomendación de Mariana Ríos puede resumirse en una frase: la migración debe planificarse antes de viajar, no después de llegar.
En los próximos capítulos de este consultorio, Noti360 abordará con mayor detalle las distintas vías para estudiar, trabajar, emprender y reunirse con familiares en España, así como los documentos y trámites que deben preparar los colombianos antes de emigrar.
Lo que debe tener claro antes de viajar
Turista no es residente. Entrar legalmente a España para una estancia corta no equivale a tener autorización para vivir o trabajar.
Una oferta laboral no garantiza los papeles. La contratación de trabajadores extranjeros está sujeta a requisitos y excepciones específicas.
Dos años no significan regularización automática. Algunas modalidades de arraigo exigen dos años de permanencia, pero cada una tiene requisitos adicionales.
No todos los documentos tienen la misma vigencia. Primero hay que saber qué trámite se va a realizar.
Los colombianos tienen una ventaja para la nacionalidad. La legislación española establece un plazo de dos años de residencia legal y continuada para los nacionales de origen de países iberoamericanos, siempre que se cumplan los demás requisitos.
