El lunes 12 de octubre de 2026 será día festivo en Colombia y los trabajadores que deban prestar sus servicios durante esa jornada tienen derecho a un recargo sobre el salario ordinario.
La fecha llega además con una novedad importante para los trabajadores que laboren en domingos o días de descanso obligatorio. Desde el 1 de julio de 2026 el recargo aplicable pasó del 80 % al 90 %, como parte del incremento gradual previsto en la reforma laboral.
La Ley 2466 de 2025 estableció que el trabajo realizado en un día de descanso obligatorio o festivo se remunera con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario.Sin embargo, la misma norma estableció una aplicación gradual.
Desde el 1 de julio de 2025 el recargo quedó en el 80 %. A partir del 1 de julio de 2026 aumentó al 90 % y desde el 1 de julio de 2027 llegará al 100 %.
Por eso, para el festivo del 12 de octubre de 2026 el porcentaje que corresponde aplicar es del 90 %.
Esto significa que, por cada hora trabajada durante el día de descanso obligatorio, el trabajador recibe el valor correspondiente a su hora ordinaria más el recargo del 90 %, de acuerdo con las condiciones de su contrato y su jornada.
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El salario mensual ya incluye el pago del día festivo
Para los trabajadores que reciben un salario mensual, el cálculo tiene una particularidad importante.
El descanso remunerado forma parte de los derechos laborales y el trabajador no pierde el pago correspondiente al festivo por no acudir a trabajar cuando ese día corresponde a su descanso.
Cuando, en cambio, la persona trabaja durante el día de descanso obligatorio, debe reconocerse el recargo correspondiente por las horas efectivamente trabajadas.
Por eso, no se trata simplemente de duplicar automáticamente todo el salario mensual. El cálculo depende de la remuneración ordinaria, las horas trabajadas y las condiciones particulares de la jornada.
Qué cambió con la reforma laboral
La Ley 2466 de 2025 modificó las reglas relacionadas con la remuneración del trabajo en días de descanso obligatorio.
El objetivo de la aplicación gradual es llevar el recargo hasta el 100 %, pero el cambio se realiza por etapas para que empleadores y trabajadores puedan adaptarse.
La primera subida llevó el recargo al 80 % desde julio de 2025. La segunda comenzó el 1 de julio de 2026 y lo elevó al 90 %.
El último incremento está previsto para el 1 de julio de 2027, cuando deberá aplicarse plenamente el recargo del 100 % previsto en la norma.
¿El 12 de octubre siempre es festivo en Colombia?
Sí. La Ley 51 de 1983 incluye el 12 de octubre entre los días de fiesta de carácter civil o religioso con derecho al descanso remunerado.
La misma norma establece que, cuando determinadas festividades no coinciden con un lunes, el descanso remunerado se traslada al lunes siguiente.
Por esta razón, el calendario laboral colombiano puede presentar el festivo en lunes aunque la fecha conmemorativa original corresponda a otro día de la semana.
Qué deben tener en cuenta los trabajadores
Antes de calcular cuánto recibirán por trabajar el 12 de octubre, los trabajadores deberían comprobar cuál es su jornada ordinaria, qué día tienen establecido como descanso obligatorio y cómo está estructurado su salario.
También es importante diferenciar entre el salario ordinario y los recargos que corresponden por trabajar durante el día de descanso obligatorio.
El porcentaje vigente para octubre de 2026 es del 90 %, pero el valor final que reciba cada trabajador dependerá de su salario y de las horas efectivamente trabajadas.
La norma establece además que las partes pueden acordar por escrito que el día de descanso obligatorio sea distinto del domingo. Si no existe ese acuerdo expreso, se presume que el domingo es el día de descanso obligatorio.
Así, quienes trabajen durante el festivo del 12 de octubre de 2026 deberán revisar su liquidación teniendo como referencia el recargo vigente del 90 % y las condiciones particulares de su contrato.
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