La salida del director del DANE se produjo mediante una figura administrativa que permite retirar a funcionarios de libre nombramiento y remoción, pero que no equivale por sí misma a una sanción disciplinaria ni a una declaración de culpabilidad.
El presidente Abelardo de la Espriella declaró insubsistente a Ricardo Valencia Ramírez como director del DANE y nombró en su reemplazo a Juan Manuel Alvarado Nivia. La decisión significa que Valencia dejó de ocupar el cargo por una figura administrativa que permite retirar de manera discrecional a funcionarios que están en empleos de libre nombramiento y remoción.
La palabra “insubsistente” puede parecer una sanción o una acusación contra el funcionario, pero no significa eso. En términos sencillos, declarar insubsistente un nombramiento es ponerle fin a la vinculación de una persona con un cargo de libre nombramiento y remoción.
La figura está contemplada en la legislación colombiana como una causal de retiro del servicio. Función Pública explica que, en estos cargos, la autoridad nominadora tiene la facultad discrecional de nombrar y remover a sus colaboradores y que la decisión puede adoptarse mediante un acto que no necesita expresar una motivación detallada.
¿Entonces insubsistente significa que lo despidieron?
En la práctica, sí significa que el funcionario sale del cargo. Pero jurídicamente no es lo mismo que un despido disciplinario.
Un funcionario puede ser retirado por una investigación disciplinaria, por una sanción, por una condena u otras causales previstas en la ley. La insubsistencia de un empleado de libre nombramiento y remoción es diferente: no requiere que previamente se haya demostrado una falta disciplinaria.
La Ley 909 de 2004 establece que el retiro de estos funcionarios puede producirse por la declaratoria de insubsistencia y que la competencia para removerlos es discrecional. Función Pública también señala que se trata de una causal autónoma de retiro del servicio.
Por eso, que Ricardo Valencia haya sido declarado insubsistente no significa que haya sido sancionado ni que exista una declaración oficial de que cometió una falta o un delito.
La administración, eso sí, no tiene una libertad absoluta. La jurisprudencia y los conceptos de Función Pública han señalado que esta facultad debe responder a la conveniencia del servicio y al interés general. La discrecionalidad tampoco puede utilizarse para perseguir fines ajenos a la función pública.
¿Por qué Ricardo Valencia fue declarado insubsistente?
La Presidencia informó que la decisión se produjo después de unas declaraciones de Valencia sobre los indicadores del DANE correspondientes a julio y de diferencias relacionadas con las comunicaciones institucionales de la entidad.
Según el Gobierno, el entonces director afirmó que no había encontrado anomalías en esos indicadores, pese a que, de acuerdo con la Presidencia, todavía no se habían realizado auditorías profundas sobre la información recibida de la administración anterior. El Ejecutivo también sostuvo que Valencia habría desconocido instrucciones presidenciales relacionadas con la comunicación institucional.
Valencia llevaba cerca de tres semanas al frente del DANE. Su salida se convirtió así en el primer relevo de un alto funcionario del Gobierno de Abelardo de la Espriella y estuvo acompañada del nombramiento de Juan Manuel Alvarado Nivia como nuevo director.
¿El presidente puede cambiar al director del DANE?
Aquí está una de las claves del caso.
La posibilidad de retirar a un funcionario de libre nombramiento y remoción no significa que el Gobierno pueda modificar las cifras oficiales o intervenir en las metodologías estadísticas. El DANE tiene una condición particular: la Ley 2335 de 2023 lo reconoce como la autoridad técnica estadística de Colombia y establece que dirige la producción de información estadística con plena independencia técnica.
La misma ley establece que entre las funciones del DANE está orientar y coordinar la producción de estadísticas oficiales garantizando su independencia técnica y mantener esa independencia evitando actuaciones contrarias a los principios de la actividad estadística.
Esto crea una diferencia importante entre dos asuntos que pueden confundirse.
El Gobierno puede tener la facultad administrativa para cambiar al director. Pero las estadísticas que produce el DANE deben mantenerse sometidas a criterios técnicos y no a intereses políticos.
Por eso, la salida de Valencia no significa que las cifras publicadas por el DANE pierdan automáticamente su validez ni que los indicadores de julio deban ser modificados. Tampoco convierte en irregulares las cifras que el exdirector respaldó públicamente.
Lo que queda abierto es el debate sobre cómo se garantiza la independencia técnica de una entidad cuyo máximo responsable es, al mismo tiempo, un funcionario que puede ser removido discrecionalmente por el Ejecutivo.
¿Qué pasa ahora con el DANE?
Con la salida de Valencia, Juan Manuel Alvarado Nivia asumió la dirección de la entidad. El cambio no interrumpe las funciones del DANE ni su obligación de continuar produciendo y divulgando las estadísticas oficiales del país.
Para los ciudadanos, el asunto tiene importancia porque las cifras del DANE no son solamente datos utilizados por economistas. Sus indicadores sirven como referencia para decisiones sobre inflación, empleo, pobreza, crecimiento económico y múltiples políticas públicas.
Por eso, la palabra que acompaña la salida de Ricardo Valencia tiene una explicación concreta: ser declarado insubsistente significa dejar de ocupar el cargo por decisión de la autoridad competente cuando se trata de un empleo de libre nombramiento y remoción. No equivale, por sí misma, a una sanción ni a una declaración de culpabilidad.
En el caso del DANE, además, la discusión tiene una segunda dimensión: quién dirige la entidad puede cambiar, pero la ley exige que las estadísticas oficiales conserven su independencia técnica.
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