Los vehículos equipados con cámaras que apoyan los controles de tránsito no podrán generar comparendos por sí solos cuando sean utilizados como apoyo en vía, según una nueva resolución del Ministerio de Transporte.
Los llamados carros cazafotomultas tienen nuevas reglas en Colombia. El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20263040036655, del 11 de septiembre de 2026, con la que establece las condiciones para utilizar vehículos equipados con cámaras y otros dispositivos electrónicos durante los controles en carretera.
La principal novedad afecta a los vehículos que funcionan como apoyo al control en vía. Cuando estos equipos sean utilizados para detectar infracciones, deberá estar presente un agente de tránsito, visible e identificado, quien operará directamente el dispositivo y expedirá el comparendo.
Esto significa que un carro equipado con cámaras no puede utilizarse de manera autónoma para imponer un comparendo bajo esta modalidad. El Ministerio también instruyó al SIMIT para que no registre las órdenes de comparendo generadas con estos vehículos cuando no se cumplan las condiciones establecidas en la resolución.
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No significa que desaparezcan las fotomultas
La medida no elimina los sistemas de fotodetección que funcionan legalmente. La propia resolución diferencia entre estos sistemas y los vehículos que utilizan dispositivos tecnológicos como apoyo a los agentes de tránsito.
Por eso, un conductor no puede asumir que cualquier comparendo captado por una cámara quedó automáticamente sin validez. La nueva regla se refiere a una modalidad específica de control y a las condiciones bajo las cuales pueden operar estos vehículos.
La Superintendencia de Transporte será la encargada de vigilar el cumplimiento de la medida y podrá investigar a las autoridades de tránsito que utilicen estos sistemas de manera irregular.
¿Qué debe tener en cuenta un conductor?
Si recibe un comparendo relacionado con uno de estos vehículos, lo primero es identificar cómo fue detectada la infracción y bajo qué modalidad se realizó el procedimiento. La resolución no establece una anulación general de las multas anteriores ni convierte en ilegales todas las fotodetecciones.
La nueva regulación busca establecer una diferencia entre el uso de tecnología para apoyar el control en carretera y la imposición automática de comparendos sin la intervención del agente de tránsito cuando este sea requerido.
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