La medida permitirá a los contribuyentes en mora pagar el 100 % del impuesto pendiente y obtener una reducción de hasta el 85 % en multas tributarias.
El Gobierno nacional expidió un decreto que permite a los contribuyentes reducir hasta el 85 % de las sanciones tributarias asociadas a deudas con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La medida busca facilitar que personas naturales y empresas con obligaciones pendientes puedan regularizar su situación fiscal bajo condiciones especiales de pago.
La iniciativa hace parte de un paquete de medidas tributarias adoptadas en medio de la emergencia económica y climática que enfrenta el país, con el objetivo de incentivar el pago de deudas y aumentar el recaudo fiscal del Estado.
Reducción de sanciones e intereses
Según lo establecido en el decreto, los contribuyentes que quieran acogerse al beneficio deberán pagar el 100 % del impuesto o deuda principal, cancelar los intereses moratorios con una tasa reducida del 4,5 % anual y asumir solo el 15 % del valor de las sanciones.
En la práctica, esta condición permite eliminar hasta el 85 % de las sanciones acumuladas, lo que representa un alivio significativo para quienes mantienen obligaciones tributarias en mora.
El beneficio aplica para deudas tributarias, aduaneras o cambiarias administradas por la DIAN que se encontraban pendientes hasta el 31 de diciembre de 2025.
Opciones para declaraciones pendientes o con errores
El decreto también contempla alternativas para contribuyentes que no presentaron sus declaraciones o necesitan corregirlas. En estos casos, podrán radicar la declaración omitida o corregida y pagar el impuesto correspondiente, con una sanción reducida al 15 % del valor original.
Asimismo, quienes tengan procesos administrativos o judiciales en curso con la DIAN podrán solicitar conciliaciones para terminar los litigios, con reducciones que pueden llegar al 85 % si el proceso está en primera instancia o al 80 % en segunda instancia.
Plazos para acceder al beneficio
De acuerdo con la normativa, los contribuyentes interesados en acogerse al alivio deberán pagar la obligación principal antes del 30 de abril de 2026. Además, las solicitudes de conciliación en procesos judiciales podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2026.
Con esta medida, el Gobierno busca facilitar que miles de contribuyentes se pongan al día con el fisco, al tiempo que se recupera cartera vencida y se generan recursos para atender las necesidades económicas derivadas de la emergencia nacional.
