El Consejo de Estado admitió una demanda contra el Ministerio de Salud que busca anular la decisión de excluir las toallas higiénicas del listado de tecnologías financiadas con recursos públicos del sistema de salud. La acción judicial sostiene que estos productos son esenciales para garantizar el derecho a la salud menstrual, especialmente en mujeres con condiciones médicas específicas y en situación de vulnerabilidad.
La demanda fue presentada por el concejal de Bogotá Julián Sastoque, quien cuestionó la Resolución 695 de 2026, expedida por el Ministerio de Salud, mediante la cual se actualizó el listado de servicios y tecnologías que no serán financiados con recursos públicos del sistema de salud. Dentro de los elementos excluidos quedaron las toallas higiénicas y otros insumos de higiene personal.
¿Qué busca la demanda?
El recurso solicita que se elimine la exclusión de las toallas higiénicas para que estos productos puedan ser cubiertos por el sistema de salud, especialmente cuando sean necesarios para mujeres con enfermedades como endometriosis, trastornos de la tiroides, hemorragias uterinas y otras condiciones que requieren un manejo especial de la menstruación.
Según el demandante, la medida vulnera el derecho fundamental a la salud y el principio de integralidad del sistema, al considerar que los productos de gestión menstrual no deben tratarse únicamente como artículos de aseo, sino como insumos indispensables para garantizar una atención adecuada en determinados casos médicos.
El Ministerio deberá responder
Con la admisión de la demanda, el Consejo de Estado ordenó notificar al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y concedió a la cartera un plazo de 30 días para presentar su respuesta, aportar pruebas o plantear excepciones dentro del proceso. La decisión no modifica, por ahora, la normativa vigente, sino que da inicio al estudio judicial del caso.
La pobreza menstrual sigue siendo un desafío
El debate también pone sobre la mesa la problemática de la pobreza menstrual en Colombia. De acuerdo con cifras del DANE, el 11,4 % de las niñas, adolescentes y mujeres entre los 10 y 55 años manifestó haber tenido dificultades económicas para adquirir productos necesarios para gestionar su menstruación. Además, algunas mujeres han tenido que recurrir a materiales inadecuados por falta de recursos.
El proceso apenas comienza
La admisión de la demanda no significa que las EPS deban empezar a entregar toallas higiénicas de manera inmediata. Será el Consejo de Estado el que analice los argumentos presentados por las partes y determine si la exclusión de estos productos se ajusta o no a la Constitución y al derecho fundamental a la salud.
La decisión que adopte el alto tribunal podría tener impacto en la política pública de salud menstrual y en la cobertura de estos insumos dentro del sistema de salud colombiano.
