El alto tribunal administrativo dio paso a una medida cautelar que deja sin efecto el incremento del salario mínimo fijado por el Gobierno Nacional mientras avanza una demanda que cuestiona la legalidad del acto administrativo.
El Consejo de Estado suspendió de manera provisional el Decreto 169 de 2025, mediante el cual el presidente Gustavo Petro estableció el aumento del salario mínimo legal mensual para 2026, tras admitir parcialmente una demanda de nulidad presentada contra esa norma. La decisión busca garantizar la eficacia de la eventual sentencia de fondo mientras el tribunal evalúa los argumentos de las partes.
La medida cautelar fue adoptada por la Sección Tercera del Consejo de Estado, que encontró que existen presuntos vicios de procedimientos y afectaciones al debido proceso en la expedición del decreto, lo que justificó la suspensión temporal del aumento hasta que se resuelva la acción de nulidad en su totalidad.
El decreto suspendido había fijado una subida del salario mínimo para 2026, incrementándolo frente al salario vigente en 2025, con el argumento de atender la inflación y mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores formales. El Gobierno había defendido la legalidad de la norma señalando que siguió los procedimientos establecidos y contó con los estudios técnicos requeridos.
Argumentos de la demanda
La demanda que dio lugar a la suspensión fue presentada por un grupo de ciudadanos y organizaciones gremiales que alegan que el decreto adolece de fallas en el procedimiento de consulta pública, ausencia de análisis técnico suficiente sobre su impacto económico y posibles efectos negativos en el empleo formal, además de cuestionar la competencia legal para adoptar determinadas disposiciones dentro del aumento fijado.
Los demandantes solicitaron al organismo de control que revise si la norma cumplió con los requisitos constitucionales y legales para modificar una política salarial de impacto nacional, argumentando que la falta de estudios completos podría generar efectos indeseados en la economía y el mercado laboral.
Efectos de la suspensión
Con la suspensión cautelar, el salario mínimo para 2026 queda temporalmente sin efecto, y mientras la acción de nulidad no sea resuelta de fondo, se mantiene el salario vigente de 2025 o la presunción de continuidad de su monto anterior, de acuerdo con lo establecido por la Ley Colombiana. La decisión no invalida de manera definitiva el aumento, pero impide su aplicación mientras se define la legalidad del acto administrativo impugnado.
La suspensión de este decreto tiene repercusiones inmediatas en empresarios, trabajadores y sectores productivos, que deberán ajustar sus procesos internos y presupuestos laborales teniendo en cuenta esta medida cautelar, mientras esperan una decisión final sobre la validez del aumento.
Reacciones y pasos siguientes
El viceministro de Trabajo y voceros del Gobierno han señalado que respetan la decisión judicial y que presentarán los argumentos técnicos y jurídicos necesarios para defender la normativa en la etapa de fondo del proceso. También anunciaron que continuarán monitoreando los efectos sociales y económicos del salario mínimo y examinarán mecanismos alternativos de política salarial en caso de que la suspensión se prolongue.
Por su parte, representantes de sectores laborales y sindicales han expresado preocupación por la medida y han pedido que se acelere el trámite para resolver el fondo de la demanda, argumentando que la determinación de salario mínimo es un asunto de política pública esencial para millones de trabajadores.
La decisión del Consejo de Estado representa un paso jurídico importante en el control de constitucionalidad y legalidad de actos administrativos de alto impacto económico y social, y se convierte en un asunto clave en el debate sobre la política salarial y el equilibrio entre derechos laborales y condiciones macroeconómicas.
