La medida busca canalizar predios de entidades financieras hacia familias campesinas y comunidades étnicas, como paso concreto de la reforma agraria.
La entidad anunció que hará uso por primera vez de una normativa vigente desde hace tres décadas —Ley 160 de 1994, modificada recientemente por Decreto 033 de 2025— para ejercer el derecho de primera opción de compra sobre predios rurales en manos de bancos u otras entidades financieras.
🧾 En qué consiste la medida
- Cuando una entidad financiera reciba tierras como dación en pago, liquidación, sentencia judicial u otros mecanismos —por ejemplo, créditos hipotecarios fallidos— deberá notificar su existencia a la ANT.
- A partir de esa notificación, la ANT tiene un plazo de 15 días para decidir si ejercita su derecho de compra, antes de que estos predios puedan ser vendidos a terceros particulares.
- Si la ANT opta por comprarlos, dichos terrenos se destinan a familias campesinas, comunidades étnicas o poblaciones rurales históricamente desatendidas, en el marco de los objetivos de la reforma agraria.
La decisión representa un paso práctico hacia la redistribución de tierras en Colombia:
- Permite recuperar predios que quedaron en manos de entidades financieras —por impagos o liquidaciones— y devolverlos al uso productivo comunitario.
- Busca facilitar el acceso de campesinos, comunidades negras e indígenas a tierras propias, mejorando seguridad jurídica y oportunidad productiva.
- Potencia el cumplimiento del mandato constitucional de garantizar un acceso progresivo a la propiedad rural como factor de desarrollo.
⚠️ Retos y condiciones a tener en cuenta
La compra de tierras por parte de la ANT, aunque priorizada, está sujeta a requisitos legales y técnicos:
- Los predios deben cumplir normas ambientales y agrarias.
- En caso de limitaciones como gravámenes, medidas cautelares o procesos de restitución, pueden existir exclusiones.
- La ANT debe realizar estudios jurídicos y territoriales antes de formalizar cualquier compra, con el fin de garantizar la legalidad y viabilidad del predio.
La decisión de la ANT de aplicar esta ley por primera vez marca un hito en la implementación de la reforma agraria en Colombia. Al permitir que tierras en manos de bancos puedan ser redistribuidas hacia familias campesinas y comunidades históricamente marginadas, se abre una vía concreta de acceso equitativo a la propiedad rural. Si se cumplen los requisitos técnicos y legales, esta medida puede traducirse en una oportunidad real de equidad territorial y revitalización rural.
